1.2. Marco jurídico: algunas directivas europeas generales
La Declaración de Lisboa invitaba a acelerar el proceso de creación de un marco legal para el desarrollo de la economía del conocimiento en la UE. Esta parte de la declaración ha generado la redacción de varias directivas que regulan toda una serie de procesos relacionados con las TIC. Lo que todavía no hay es una directiva específica en torno a la capacitación digital, pero sí encontramos algunas otras directivas que tienen una relación importante con lo que hemos denominado dimensión social y personal en la lucha contra la exclusión. Básicamente, nos referimos a las leyes que protegen los derechos y las libertades de los ciudadanos de la UE en el mundo digital.
Ejemplos
- La Directiva para regular el comercio electrónico, a la que podéis acceder desde este enlace. En esta directiva se incluyen aspectos como los requisitos de transparencia e información para los proveedores de servicios en línea, las comunicaciones comerciales y los contratos electrónicos, así como las limitaciones de responsabilidad de los prestadores de servicios intermediarios. En relación con esta, también se puede encontrar el Reglamento sobre la identidad digital europea (EUDI).
- La Directiva para la protección de datos GDPR (General Data Protection Regulation) pone limitaciones al almacenamiento de datos personales por parte de empresas y organismos oficiales sin consentimiento expreso del interesado, el uso de galletas, etc., y que es de aplicación obligatoria desde mayo del 2018. Encontraréis más información en la web oficial: https://www.gdpr.eu
- Los códigos penales de los diferentes estados miembros también regulan los aspectos del mundo de las TIC que pueden derivar en conductas criminales, como por ejemplo el sabotaje informático, el espionaje industrial con medios digitales, etc. En estos casos, pese a la existencia de una directiva sobre ciberdelito, las leyes varían más, puesto que los estados tienen más libertad a la hora de crear sus códigos penales. Podéis encontrar el texto de esta directiva en el enlace: https://www.boe.es/doue/2013/218/l00008-00014.pdf. También os recomendamos la lectura de esta comunicación de la Comisión Europea sobre la Estrategia de la UE en materia de seguridad teniendo en cuenta el panorama actual: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52020DC0605&from=ES
Así, cuando hablamos de capacitación digital, es importante que no olvidemos la dimensión de los derechos digitales: no es suficiente garantizar el acceso y el aprovechamiento de la sociedad de la información; es necesario asegurar igualmente que las libertades y los derechos básicos estan garantizados. En este sentido, se dispone de la Declaración Europea sobre Derechos y Principios Digitales. Dentro se contemplan aspectos como poner a las personas y sus derechos en el centro de la transformación digital, el apoyo a la solidaridad y la inclusión, así como garantizar la libertad de elección en línea, fomentar la participación en el espacio público digital, aumentar la seguridad y el empoderamiento de las personas y promover la sostenibilidad del futuro digital. Es necesario observar y analizar hasta qué punto el modelo tecnológico imperante, que proviene, precisamente, de empresas no europeas, respeta estas premisas.